Descripción
En el ámbito del Mercado de Valores, los inversores que optan por la capitalización de su riqueza disponen de tres formas de gestión de su inversión. La directa, que adopta la forma de administración conservativa de valores; la indirecta, a través de la gestión de carteras de su inversión, y, por último, la gestión mediante persona interpuesta en la modalidad de gestión colectiva. La presente monografía tiene por objeto precisamente la regulación jurídica de la primera de las formas de gestión bancaria de valores cuando éstos se encuentran representados por anotaciones en cuenta.
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