Descripción
Contemplados desde la perspectiva de la tradición del constitucionalismo liberal, los derechos han aparecido como defensa del individuo contra los abusos del poder. Hoy en día, una vez inaugurado «el tiempo de los derechos», éstos se convierten realmente en fundamentales sólo en la medida en que son concebidos como una nueva especificación de los fines colectivos, los contenidos de las instituciones y los criterios de convalidación ético-jurídica del resto de normas que integran un determinado ordenamiento.
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