Descripción
El acogimiento familiar de menores es considerado, a la luz de las normativas estatal y autonómica, como una de las instituciones básicas de guarda destinada a solventar los problemas derivados de la declaración de desamparo de unos sujetos que, por sus específicas circunstancias, necesitan una concreta protección. Paralelo a esa situación existe otra que es el de las personas mayores que pueden necesitar asistencia o apoyo, para el normal desenvolvimiento en el quehacer cotidiano, habida cuenta de las limitaciones físicas derivadas de la edad que, quizá, han de soportar.
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